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Como Representarse A Usted Mismo En Una Audiencia Imparcial
by: Northwest Justice Project

Introducción

Si usted está en desacuerdo con alguna decisión, verbal o escrita, del Departamento de Salud y Bienestar Social (DSHS, en inglés), usted tiene el derecho de apelar esa decisión pidiendo una audiencia imparcial. Código Administrativo WAC 388-02-0085. 

*    Ejemplos: Cuando DSHS niega su solicitud, reduce o termina cualquier tipo de asistencia pública, incluyendo dinero en efectivo, Comida Básica (anteriormente Estampillas para Comida), o asistencia médica, o dice que están imponiendo alguna sanción, o alega que usted ha recibido un sobrepago de prestaciones.   

Esta publicación le informa sobre:

  •  los plazos para solicitar una audiencia imparcial,
  •  cómo pedir la audiencia imparcial,
  •  cómo prepararse para su audiencia, y
  •  qué esperar en la audiencia y después de la audiencia.

Si tiene dificultad para hablar o comprender el inglés o si no puede comunicarse oralmente, usted tiene derecho a un intérprete calificado e imparcial sin costo para usted. Código Administrativo WAC 388-02-0120.  Para pedir un intérprete, comuníquese con el Coordinador de Audiencias Imparciales en su oficina local de DSHS o llame a la Oficina de Audiencias Administrativas (Office of Administrative Hearings, o OAH, en inglés) al (360) 664-8717 o al 1-800-583-8271 para hacerles saber que necesita un intérprete. Usted tiene derecho a recibir notificaciones sobre su audiencia en su idioma principal. Código Administrativo WAC 388-02-0130. Además, si en cualquier momento durante la audiencia usted piensa que el intérprete no está haciendo un buen trabajo, le puede pedir al Juez de Leyes Administrativas que le asigne otro intérprete.

¿Cuál es el plazo límite para pedir una audiencia imparcial?

DSHS tiene que darle una notificación por escrito si planea negar, reducir o terminar sus prestaciones de asistencia pública. Código Administrativo WAC 388-458-0002. La notificación debe informarle qué medidas está tomando DSHS y en qué regla o reglas se basa para respaldar su decisión.

 

*    NOTA: Usted puede solicitar una audiencia imparcial en cualquier momento dentro del plazo de 90 días a partir de la fecha de la notificación.

Si está recibiendo asistencia pública y solicita una audiencia imparcial dentro del plazo de 10 días a partir de la fecha en la notificación, o antes de la fecha en que la medida propuesta entre en efecto, DSHS debe continuar su asistencia pública hasta que un Juez de Leyes Administrativas tome una decisión en su caso. Asimismo, si DSHS suspende su asistencia pública sin notificarle por escrito, usted puede solicitar una audiencia imparcial para pedir que su asistencia continúe. 

 

*    Excepción a esta regla: DSHS puede parar su asistencia de Comida Básica aún cuando usted haya pedido una audiencia, si su período de certificación para la asistencia de Comida Básica ha terminado. Código Administrativo  WAC 388-458-0040(5)(c). 

Si DSHS está terminando o reduciendo sus prestaciones, cualquier asistencia que usted siga recibiendo podría convertirse en un sobrepago?una deuda que usted le estaría debiendo a DSHS si pierde en su audiencia imparcial. Código Administrativo WAC 388-458-0040(6). Sin embargo, usted no tendrá que devolver más de 60 días del valor de la asistencia que siguió recibiendo. Código Administrativo WAC 388-410-0001(1)(b).

¿Cómo pido una audiencia imparcial?

Petición Escrita: Usted puede pedir una audiencia imparcial escribiendo a la Oficina de Audiencias Administrativas (Office of Administrative Hearings), P.O. Box 42488, Olympia, WA 98504. Código Administrativo WAC 388-02-0100. Si es una emergencia, pida que su audiencia sea lo más pronto posible llamando a la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH) al (360) 664-8717 o al 1-800-583-8271. Esto se llama una audiencia "acelerada". También puede solicitar una audiencia imparcial por medio del Coordinador de Audiencias Imparciales en su oficina local de DSHS.   

Petición Oral: También puede solicitar una audiencia imparcial verbalmente llamando a la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH) o diciéndoselo al Coordinador de Audiencias Imparciales en su oficina local de DSHS o a algún otro empleado de DSHS. DSHS puede pedirle que confirme y ponga por escrito su pedido.

Después que usted solicite la audiencia imparcial, la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH) le enviará una "Notificación de Audiencia". Ésta le indicará la fecha, la hora, y el lugar de la audiencia. Si la notificación le dice que la audiencia será por teléfono pero usted quiere tenerla en persona, llame lo antes posible a la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH) al número que aparece en la notificación para pedir una audiencia en persona. Por lo general, es mejor tener una audiencia en persona. Usted tiene derecho a que su audiencia se lleve a cabo en la oficina local de Servicios para la Comunidad de DSHS.

¿Cómo me preparo para mi audiencia imparcial?

Comuníquese con el "Coordinador de Audiencias Imparciales" (FHC) de DSHS y haga cita para reunirse con él/ella. El Coordinador no es abogado, pero es la persona que representa a DSHS en las audiencias. Pídale al Coordinador  

  • que le explique por qué DSHS está negando, reduciendo o terminando su asistencia pública, o por qué se está tomando alguna otra medida en contra suya;
  • que le entregue copias de todas las reglas que DSHS está utilizando para respaldar sus medidas;
  • si es que DSHS va a tener testigos en su audiencia. Si es así, pregunte quiénes son y sobre qué cosas se les va a pedir que declaren; y
  • que le muestre y le entregue copias de los documentos contenidos en su expediente de caso electrónico. 

 

*              Los documentos en su expediente de caso electrónico podrían incluir cartas, notificaciones, notas del caso, narraciones del caso, informes y evaluaciones médicas, cálculos de efectivo y Comida Básica, notas y documentos de WorkFirst, aplicaciones, reevaluaciones de elegibilidad. 

Además, mucho antes de la audiencia, DSHS tiene la obligación de darle a usted un paquete que contenga todos los documentos que ellos van a usar. Si usted no recibe este paquete una semana antes de la audiencia, llame al Coordinador de Audiencias Imparciales sobre este problema. Si usted piensa que DSHS le dio el paquete demasiado tarde para poder revisarlo y comprenderlo bien, pídale al Juez de Leyes Administrativas que reprograme la audiencia o que tome alguna otra medida que sea justa para usted.

Puede que el Coordinador de Audiencias Imparciales le escriba o le llame para programar una reunión antes de la audiencia. Código Administrativo WAC 388-02-0175 et.seq. Si usted lo desea, puede reunirse con el Coordinador antes de la audiencia pero usted no tiene la obligación de hacerlo.

La reunión antes de la audiencia es su oportunidad para comprender mejor los problemas desde ambos puntos de vista y para que usted se prepare mejor para su audiencia. Puede ser que lleguen a algún arreglo. Si no, usted aún tiene derecho a tener su audiencia.

El Coordinador también tiene la obligación de darle a usted un paquete que contenga copias de todos los documentos que DSHS va a presentar como materiales de prueba en la audiencia.

¿Qué debo llevar a la Audiencia Imparcial?

Usted debe llevar una lista con los puntos que va a querer asegurarse de explicarle al Juez de Leyes Administrativas. Puede llevar documentos, fotografías, o cualquier otra documentación para demostrarle al Juez de Leyes Administrativas (ALJ) por qué usted piensa que DSHS está equivocado. Puede llevar testigos que declaren a favor suyo. También puede llevar un pariente o amigo/a para que le dé apoyo, incluso si la persona no va a declarar. Además, puede llevar un pariente, amigo/a, o alguna otra persona que le represente a usted en la audiencia. Su representante no tiene que ser abogado. La mayoría de las personas se representan a sí mismas en sus audiencias.

¿Qué pasa en la Audiencia Imparcial? Código Administrativo  WAC 388-02-0375

Su audiencia será presidida por un Juez de Leyes Administrativas (o ALJ, en inglés) que no trabaja para DSHS. El Juez de Leyes Administrativas trabaja para una agencia distinta que se llama la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH, en inglés).

Las audiencias se llevan a cabo en las oficinas de DSHS. No son tan formales como las de los tribunales. Todos los presentes se sientan alrededor de una mesa. El Juez grabará todo lo que se dice y tomará notas.

Al comienzo de la audiencia, el Juez explicará que no es un empleado de DSHS, que jamás ha visto su expediente, y que no sabe nada sobre usted o su caso excepto lo que usted escribió en su petición para la audiencia imparcial. El Juez explicará que para decidir su caso, solamente considerará

  •  los documentos que usted y DSHS presenten, y
  •  todas las declaraciones bajo juramento.  


Luego, el Juez pondrá bajo juramento a todas las personas que van a declarar. A continuación, entregue al Juez sus documentos para que asigne números de prueba a todos ellos.

Por lo general, el Coordinador de Audiencias Imparciales habla a continuación. Dice al Juez por qué DSHS piensa que tiene la razón y explica los documentos DSHS está usando como elementos de prueba. Una vez que el Coordinador termine, usted puede hacerle cualquier pregunta sobre lo que dijo. Si el Coordinador tiene testigos, usted también puede hacerles preguntas una vez que terminen de testificar. Puede que el Juez también tenga preguntas para el Coordinador y para los testigos, con el objeto de aclarar los hechos.

Sigue entonces la oportunidad suya de contar su versión de los hechos. Recuerde: el Juez no sabe nada sobre usted ni su caso antes de comenzar la audiencia, excepto lo que usted haya indicado en la petición para la audiencia imparcial. Usted debe decirle al Juez todo lo que quiera que él/ella sepa. Use sus notas. Dígale al Juez exactamente qué fue lo que pasó desde su punto de vista. Cuando termine, el Coordinador y el Juez le pueden hacer preguntas. Luego, usted puede hacer que sus testigos declaren. El Coordinador y el Juez también pueden hacerles preguntas a sus testigos.

Su conducta durante la audiencia es muy importante. El Juez sólo tiene esta única oportunidad para decidir si usted es creíble o no. Algunas sugerencias:

  •  Sea cortés; no interrumpa al Coordinador, al Juez, o a testigos.
  •  Mire al Juez cuando usted declare.
  •  Sea firme en lo que diga, pero no grite.
  •  No ponga los ojos en blanco (no voltee los ojos) ni use otros gestos ofensivos.
  • No use palabras groseras ni ofensivas.

¿Qué pasará después de mi Audiencia Imparcial?

E El Juez no decide quién gana al final de la audiencia. Lo que hace es enviar la decisión por escrito a usted y a DSHS, como un mes después de la audiencia. La decisión escrita del Juez será una Resolución Inicial o será una Orden Final. Hay una diferencia importante entre los dos tipos de decisiones. Ver a continuación.

Resolución Inicial: Código Administrativo WAC 388-02-0215(4), - 0560 et. seq.

Si usted o DSHS no están de acuerdo con la Resolución Inicial del Juez, ambos tienen el derecho de apelar a un Juez de Revisión que trabaja para la Junta de Apelaciones de DSHS (o BOA, en inglés). La apelación se llama "Petición de Revisión". Las instrucciones para la petición de revisión y el plazo para hacerlo estarán anexas a la Resolución Inicial del Juez de Leyes Administrativas.

Esta apelación se hace por escrito solamente. Usted no comparece ante el Juez de Revisión. El Juez de Revisión toma en cuenta solamente los documentos y el testimonio presentados en su Audiencia Imparcial. Usted no puede añadir hechos nuevos ni más documentos para la apelación. Es por esto que usted debe presentar todas sus pruebas (documentos y testimonio) en su audiencia imparcial. Si usted envía una apelación por escrito a la Junta de Apelaciones, DSHS tendrá la oportunidad de contestar a su apelación por escrito, y viceversa.

El Juez de Revisión enviará la decisión escrita a usted y a DSHS. Esto se llama Resolución de Revisión. Si usted no está de acuerdo con la Resolución de Revisión, tiene derecho a presentar una Petición de Revisión de la Resolución Administrativa al Tribunal Superior de su condado o al Tribunal Superior del Condado de Thurston. Si su audiencia imparcial fue sobre asistencia pública, no hay que pagar por presentar su caso en el Tribunal Superior. Si usted opta por hacer esto, debe hacerlo dentro del plazo de 30 días a partir de la fecha de la Resolución de Revisión. Si no puede encontrar un abogado para que le ayude a presentar su apelación en el Tribunal Superior, use nuestro paquete informativo de cómo hacerlo por su cuenta, titulado "Cómo Solicitar la Revisión de una Resolución Administrativa".

Orden Final: Código Administrativo WAC 388-02-0215(5), - 0605

Si su notificación de la audiencia imparcial tiene una "B" en el número del expediente, entonces usted recibirá una Orden Final. Si usted o DSHS no están de acuerdo con la Orden Final del Juez de Leyes Administrativas, ninguno de los dos puede apelar a la Junta de Apelaciones de DSHS (o BOA, en inglés).

Pero ambos tienen el derecho a pedirle al Juez que reconsidere su decisión. La resolución de la Reconsideración es el fallo final de la agencia. Esto significa que DSHS tiene que aceptar dicha resolución y no puede apelar a un tribunal de mayor autoridad. Si usted no está de acuerdo con la resolución de la Reconsideración, usted sí puede apelar a un tribunal de mayor autoridad presentando una Petición para la Revisión de una Resolución Administrativa. Además, usted tiene el derecho a saltarse la petición de Reconsideración y apelar la Orden Final directamente ante el Tribunal Superior por medio de una Petición para la Revisión de una Resolución Administrativa. Ver arriba para saber cómo se presenta éste tipo de apelación.

7910SP

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This information is current as of the date of its printing,
June 2011.

© 2011 Northwest Justice Project. 1-888-201-1014
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Last Reviewed On: 06/08/11
 
 

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