La inmigración, la ley de la familia y la violencia familiar
Immigration, Family Law and Domestic Violence (Spanish) #8105SP
Preguntas más frecuentes (FAQ)
Si usted tiene un caso de una orden de protección o un asunto de la ley de la familia, es posible que tenga preguntas sobre inmigración o ciertas inquietudes al respecto.
Las personas abusivas suelen utilizar el estatus migratorio para controlar a sus parejas. Lea esto para obtener respuestas básicas a algunas preguntas comunes.
- La ley de inmigración es complicada. Cada situación es diferente. Trate de obtener la asesoría de un abogado de inmigración. Si no puede pagar para contratar uno, tal vez pueda obtener asesoramiento legal gratuito. Vea la información de contactos al final de esta hoja informativa.
Depende. Vea a un abogado de inmigración sobre su situación. Algunas de las pruebas en los dos casos pueden estar relacionadas. Es importante guardar documentos de ambos.
Podría tener poco tiempo para presentar su petición de inmigración después de que su divorcio sea definitivo. Debería hablar con un abogado de inmigración antes o poco después de iniciar su divorcio.
- Si cree que su cónyuge podría presentar un caso contra usted, dígale eso también al abogado de inmigración. Podría ser aconsejable que usted sea primero en presentar algo en el caso de inmigración.
- Si usted y su cónyuge están de acuerdo en que deben divorciarse, y están de acuerdo en todas las cuestiones relacionadas con el divorcio, será más fácil finalizarlo. Puede que no sea necesario ir a una audiencia judicial. Algunos condados, como el de Lincoln, le permiten finalizar todo enviando los papeles por correo a la Secretaría del Tribunal Superior. No es necesario que usted viva en ese condado. Sin embargo, esto puede dificultar las cosas más adelante. Esto es especialmente cierto si uno de los cónyuges reconsidera y quiere disputar (pelear) el caso. Hable con un abogado.
- Esta área de la ley es complicada. Pida consejo a un abogado sobre su situación.
En general, si está experimentando violencia familiar, podría tener opciones para permanecer en EE. UU. aunque deje a su pareja o su pareja no le ayude a permanecer en EE. UU.
Si su cónyuge no es ciudadano estadounidense (Por ejemplo: Tiene una visa temporal de trabajo que también permitió que usted viniera a EE. UU.) y uno de ustedes se va de la casa o se separan temporalmente, es probable que el estatus migratorio suyo no cambie.
Usted podría perder su derecho a permanecer en los Estados Unidossi se divorcia o su cónyuge es deportado. Tal vez usted sea elegible para una Visa U que le permita permanecer en EE. UU. si es víctima de ciertos delitos, incluyendo la violencia familiar, y si coopera con las fuerzas del orden en la investigación o el procesamiento de ese delito.
Si su cónyuge está aplicando (presenta una petición) para que usted obtenga un estatus migratorio legal (Por ejemplo: Ella es residente permanente legal o ciudadana estadounidense, y está tratando de ayudarle a permanecer en el país), la separación legal o el divorcio podrían eliminar esa opción para usted. Sin embargo, si ha experimentado violencia familiar, es posible que pueda aplicar para su propio estatus migratorio sin su cónyuge.
Esto es una Autopetición de VAWA (Ley sobre la Violencia contra la Mujer). Estas autopeticiones están disponibles para las mujeres y los hombres que han experimentado la violencia familiar. Lea Autopetición de VAWA: Amparo de Inmigración para Víctimas de Violencia Familiar.
Tal vez usted tiene estatus de Residencia Permanente Legal Condicional (una tarjeta de residencia temporal de dos años). Separarse o divorciarse de su cónyuge patrocinador antes de eliminar sus condiciones y obtener la Residencia Permanente Legal (la tarjeta de residencia de 10 años) afectará sus posibilidades de obtener la tarjeta de residencia permanente.
Tal vez pueda hacer esto sin la ayuda de su cónyuge si reúne los requisitos que le permitan estar eximido (dispensar) de presentar una petición conjunta. Un abogado de inmigración puede ayudarle con eso.
La Red de Solidaridad con los Inmigrantes de Washington ha estado haciendo un seguimiento de los lugares donde los agentes de inmigración se presentan en los juzgados o arrestan a gente. Lea más en su sitio web en UW Center for Human Rights.
Depende. Iniciar un caso de la ley de la familia no necesariamente resultará en que Inmigración se ponga en contacto con usted. Pero trate de hablar con un abogado primero, antes de presentar algo en el juzgado.
Si su pareja abusiva le denuncia al ICE, usted podría correr un mayor riesgo. Si usted ha sido deportado o se ha dictado una orden de deportación en su contra, Inmigración podría estar buscándole.
Debería consultar con un abogado antes de dar esa información al juez. Por lo general, un juez no puede preguntar sobre su estatus migratorio. Hay algunas excepciones. Lea la próxima sección.
- Tenga mucho cuidado y hable con un abogado. Responder una pregunta sobre su estatus migratorio podría ponerle en riesgo de ser arrestado o deportado.
Puede depender de cuándo y cómo ocurra esto.
Si su pareja pone esto por escrito en algo que presenta en el juzgado, como una declaración, póngase en contacto con un defensor o un abogado para redactar (tachar) esa información y evitar que aparezca en los registros públicos.
Su pareja podría intentar revelar su estatus migratorio en una audiencia pública. Según las reglas judiciales (Regla de Evidencia 413), se supone que el abogado de su pareja no puede mencionar este asunto en una audiencia pública. En cambio, el abogado tiene que presentar una petición en el juzgado pidiendo permiso al juez para preguntar sobre su estatus migratorio.
El juez entonces tiene que celebrar una audiencia privada en su propio despacho (oficina), no en la sala de audiencias, para considerar el asunto. Durante la audiencia privada, usted puede explicar que su pareja abusiva usa amenazas sobre el tema de inmigración para tratar de controlarla, si es cierto.
El juez sellará la petición legal y todo el papeleo al respecto. Si el juez decide que el abogado de su pareja sí puede preguntar sobre su estatus migratorio, el juez tiene que expedir una orden por escrito que diga esto.
- Esta regla solo se aplica a abogados. No evitará que su pareja le diga esto al juez, si su pareja se representa a sí misma en el juzgado.
Sí. Sin embargo, aunque sus hijos, que son ciudadanos estadounidenses, podrán volver a EE. UU. más adelante, es posible que usted no pueda.
Si el otro progenitor no quiere que los niños se muden con usted, él o ella podría tomar medidas para impedirlo. Ese padre o madre podría presentar un plan de crianza o pedir al juez que incluya esto en una orden de protección.
Si ya tiene un plan de crianza definitivo, tiene que cumplir con las leyes de traslado. No llegue y se mude sin presentar los avisos correspondientes y sin esperar el período de espera requerido. Use nuestro paquete Cómo cumplir con la ley de traslados de Washington.
Si hay un caso de plan de crianza que aún no es definitivo, es posible que todavía necesite el permiso del juez para mudarse. Hable con un abogado.
Si planea mudarse con los niños, asegúrese de tener la documentación de la ciudadanía estadounidense de sus hijos antes de irse. Por lo menos asegúrese de tener sus actas de nacimiento originales. También debería intentar conseguir pasaportes para los niños. Puede que de todos modos lo necesiten para viajar.
- Ambos padres tienen que firmar el pasaporte del niño, a menos que el plan de crianza establezca algo diferente o que haya una orden de protección completa y vigente. El juez puede ordenar a la otra parte que firme el pasaporte.
Puede tratar de evitar que su pareja se lleve a sus hijos fuera del país haciendo lo siguiente:
Pida una orden de protección o un plan de crianza que diga que su pareja no puede sacar a los niños del país y que le dé a usted el control de los pasaportes de los niños.
Si tiene conocimiento de planes concretos para sacar a sus hijos del país, póngase en contacto con las fuerzas del orden y/o con el personal de la compañía aérea para intentar detener el viaje. Generalmente necesitan ver una orden judicial que diga que el padre o la madre o cualquier persona que actúe en el nombre de ellos no puede sacar a los niños del país.
Inscríbase en el Programa de Alerta de Expedición de Pasaportes para Niños. Esto le notifica si alguien presenta una solicitud para un pasaporte estadounidense o una solicitud para renovar el pasaporte de su hijo.
Pida al consulado o embajada del país al que el otro progenitor podría llevar a su hijo que no expida un pasaporte o una visa para su hijo. Envíe una copia de esta solicitud por escrito al Departamento de Estado de EE. UU.
Debería intentar las cosas de la sección anterior. También puede hacer lo siguiente:
Obtenga una Orden de Restricción Ex Parte presentando en el juzgado una Petición de Plan de Crianza o de Divorcio, según sea el caso, para obtener una restricción inmediata. Hable con un facilitador de la ley de la familia en el juzgado de su condado si no puede hablar con un abogado
Si ya tiene una orden de restricción y/o una orden de protección contra la violencia familiar, llame al 911, haga una denuncia policía y pida que ingresen a su hijo en el sistema del Centro Nacional de Información Criminal (NCIC) del FBI de inmediato
Llame a la Oficina de Asuntos para la Niñez del Departamento de Estado al 1-888-407-4747
Hable con un defensor de violencia familiar y con un abogado
Comuníquese con el consulado o la embajada del país al que cree que han ido los niños. Pídales ayuda. Si el país ha firmado el Tratado de la Convención de La Haya, tiene que seguir ciertas reglas sobre la custodia (patria potestad)
- El sitio web de Secuestro Parental Internacional de Niños del Departamento de Estado de los Estados Unidos tiene más información.
Los Servicios del Juzgado Familiar (FCS) no deben preguntar sobre su estatus migratorio. Es poco probable que compartan con Inmigración cualquier información que usted les diga sobre su estatus migratorio.
Es posible que un evaluador pudiera usar su estatus en su contra en la evaluación. Usted puede tratar de ayudar a un evaluador a entender cómo su pareja abusiva usa su estatus migratorio contra usted como parte de lo que hace para controlarle, si es que eso es cierto.
Su estatus también puede influir en lo que usted necesita en un plan de crianza. Usted puede comunicar esto al evaluador.
El evaluador puede considerar el estatus migratorio a través del lente de lo que es mejor para los niños. Los Servicios del Juzgado Familiar le dan al juez un informe con recomendaciones para su caso. Si usted le dice a un evaluador su estatus migratorio, la información puede terminar en el informe para el juez.
Si no ha recibido una orden de deportación, es probable que el riesgo sea poco. Sin embargo, recientemente han aumentado los arrestos en los juzgados. La mayoría de las personas que han sido arrestadas estaban en audiencias judiciales en diferentes procesos, como asuntos de tránsito y violaciones penales y delitos menores. Algunos de los arrestados no tenían antecedentes penales.
Actuar como testigo en un caso penal podría favorecerle. Por ejemplo: Cooperar con la policía o con el fiscal (el abogado del gobierno) podría hacerle elegible para permanecer en los Estados Unidos a través del proceso de la Visa U. Hable con el fiscal o con un defensor de violencia familiar para obtener más información.
Cuando ocurre un arresto, las fuerzas del orden comparten la información de las huellas dactilares de la persona arrestada con el ICE. Luego el ICE puede verificar su estatus migratorio.
Los agentes del ICE también interrogan regularmente en la cárcel a las personas detenidas. Les preguntan sobre su estatus migratorio. Usted no tiene obligación de responder estas preguntas.
Si el ICE identifica a alguien como indocumentado o con un estatus migratorio incierto, podrían pedir a la cárcel que retengan a esa persona para ellos.
Si el ICE le detiene, póngase en contacto con un abogado de inmigración tan pronto como pueda. Si no puede pagar un abogado, póngase en contacto con el Proyecto del Noroeste para los Derechos del Inmigrante para obtener ayuda. Al final de esta hoja informativa hay información de contacto.
Si corre el riesgo de ser deportado, debería preparar un plan para el cuidado de sus hijos. Un defensor puede ayudarle. Vea la información de contactos al final de esta hoja informativa. También puede usar Planificación de Seguridad de los Niños y los Acuerdos de Autorización Parental Temporal, que están disponibles en WashingtonLawHelp.org.
Los niños podrían pasar automáticamente a manos del progenitor abusivo o al Servicio de Protección de Menores (CPS). Sin embargo, usted podría poner por escrito:
- Quién quiere que cuide de sus hijos si es arrestado o deportado
- Por qué cree que no están a salvo con el progenitor abusivo
Si sus hijos están con usted cuando le detengan, pida a las fuerzas del orden que le permitan llamar a un amigo o familiar para que venga a recogerlos.
Si el ICE le detiene, hágales saber que usted es el principal cuidador de los niños, si es cierto. El ICE podría dejarle presentarse en una oficina o en el juzgado más adelante en lugar de arrestarle ese día.
Obtenga Ayuda Legal
Visite Northwest Justice Project (Proyecto de Justicia del Noroeste) para averiguar cómo obtener asistencia legal.
* Para reportar actividades de inmigración, llame a la línea de respuesta rápida de la Red de Solidaridad con los Inmigrantes de Washington al 1-844-724-3737.
Comuníquese con el Proyecto de Justicia del Noroeste (Northwest Justice Project):
- Fuera del Condado de King: Llame al Teléfono Directo de CLEAR al 1-888-201-1014 de lunes a viernes, entre las 9:15 a. m. y las 12:15 p. m.
- En el Condado de King: Llame al 211 para ser referido a un proveedor de servicios legales de lunes a viernes, entre las 8:00 a. m. y las 6:00 p. m.
- Las personas de 60 años de edad o más pueden llamar a CLEAR*Sr. al 1-888-387-7111 en todo el estado.
- Las personas sordas, con problemas para oír, o con dificultades del habla, pueden llamar a CLEAR o al 211 (o gratis al 1-877-211-9274) usando el servicio de repetición de su opción.
- Aplique por internet en CLEAR*Online
CLEAR y el 211 proporcionarán un intérprete gratis.
Comuníquese con el Proyecto del Noroeste para los Derechos del Inmigrante (NWIRP):
- Oficina de Seattle - atiende los condados de Island, King, San Juan, Skagit, Snohomish, y Whatcom: 206.587.4009 o 1-800.445.5771
* Si usted vive en el Condado de King O trabaja o va a la escuela en Seattle, podría ser elegible para recibir ayuda a través del nuevo Teléfono Directo de Defensa Legal, hecho posible por la ciudad de Seattle y el Condado de King. Llame al 206.816.3870 para averiguarlo.
- Unidad de Tacoma y del Sur (TSU) – atiende los condados de Clallam, Clark, Cowlitz, Grays Harbor, Jefferson, Kitsap, Lewis, Mason, Pacific, Pierce, Skagit, Skamania, Thurston, y Wahkiakum: 206.816.3893 o TSUintake@nwirp.org
- Oficina de Granger - atiende los condados de Adams, Asotin, Benton, Columbia, Franklin, Garfield, Kittitas, Klickitat, Yakima, Walla Walla, y Whitman: 509.854.2100 o 888.756.3641
- Oficina de Wenatchee - atiende los condados de Adams, Chelan, Douglas, Ferry, Grant, Lincoln, Okanogan, Pend Oreille, Spokane, y Stevens: 509.570.0054 o 866.271.2084