Cómo Reclamar Exenciones para las Pertenencias Personales

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Por: Northwest Justice Project

How to Claim Personal Property Exemptions (Spanish) #0220SP

Tenga en cuenta que:

  • Lea esto solo si vive en el Estado de Washington.

Preguntas más frecuentes

Si le demandan por una deuda y pierde, lea esto. El juez dictará una sentencia monetaria contra usted.  La parte demandante (también conocida como acreedor o acreedor de la sentencia) puede cobrar la sentencia. 
Aunque haya una sentencia en su contra, una parte de su propiedad personal, o toda ella, podría estar protegida (exenta) de los acreedores. Esto significa que no pueden tomarse para cobrar una sentencia (dar cumplimiento a una sentencia) contra usted.
Estas exenciones podrían no protegerle de

  • Cobranza de deudas de la manutención de los hijos.
  • Deudas de impuestos.
  • Ciertos tipos de deudas relacionadas con seguros por parte del Estado.
  • Sentencias por cualquier parte del precio de venta de la propiedad personal.
  • Cobranza de deudas de préstamos estudiantiles federales.

Su propiedad (algo de lo que usted es dueño) está exenta si un acreedor no puede tomarla por ley para cobrarse de una sentencia en su contra.

Las principales exenciones son:

  • Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)

  • Seguridad Social por Discapacidad, beneficios de Jubilación y para Sobrevivientes

  • Prestaciones para Veteranos

  • Beneficios de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF)

  • Beneficios del programa para Adultos Mayores, Ciegos o Discapacitados (ABD)

  • Prestaciones de desempleo

  • Manutención para niños que usted reciba

  • Préstamos estudiantiles federales

  • Pensiones de jubilación

  • El hogar en el que usted vive. Su hogar está exento si tiene hasta $125,000 de patrimonio (capital) en su vivienda O puede reclamar la mediana del precio de venta de una vivienda unifamiliar en su condado el año calendario previo, si eso es más de $125,000. 

*El patrimonio es la cantidad de dinero con la que usted se quedaría después de vender su vivienda y pagar la hipoteca y otros gravámenes. Puede encontrar la mediana del precio de venta de las viviendas de su condado en wcrer.be.uw.edu/archived-reports.

  • El dinero en su cuenta bancaria

      • $2,500 está exento si su única sentencia es por una deuda de un préstamo estudiantil privado

      • $2,000 está exento si la sentencia por la que le están embargando es por deudas de consumo (ver abajo)

      • $500 en su cuenta bancaria está exento para todas las demás deudas (más $1,000 en efectivo, para una exención total de $1,500)

*La mayoría de los embargos de salario y cuentas bancarias son por sentencias de deudas de consumo. Esto incluye las deudas de tarjetas de crédito, facturas de médicos y hospitales, facturas de servicios públicos, facturas de teléfono, préstamos personales de un banco o cooperativa de crédito, deudas con un arrendador o ex arrendador, o cualquier otra deuda para propósitos personales, familiares o del hogar.

Exención automática: Aunque algo o todo el dinero en su cuenta pudiera estar exento del embargo, el banco no puede sacar dinero de su cuenta que exceda las siguientes cantidades:

  • $1,000 está exento automáticamente si su única sentencia es por una deuda de un préstamo estudiantil privado

  • $1,000 está exento automáticamente si la sentencia por la que le están embargando es por deuda de consumo

  • $500 en su cuenta bancaria está exento para todas las demás deudas (y $1,000 adicionales en efectivo, para una exención total de hasta $1,500)

*Ejemplo:  Usted tiene $1,700 en su cuenta bancaria. El banco recibe una orden de embargo de un acreedor por una deuda de consumo. El banco congelará $700 porque $1,000 están protegidos automáticamente. (Esto significa $1,000 permanecerán en su cuenta y están disponible para usted). Los $700 restantes siguen estando exentos porque $2,000 en una cuenta bancaria están protegidos. Sin embargo, usted tiene que presentar un formulario de solicitud de exención para que le desbloqueen los $700 extras. Lea Cómo Reclamar Exenciones de Pertenencias Personales.

  • Salarios (la paga de su empleo)La cantidad de salarios exentos depende de la cantidad que gana y por lo que se haya dictado la sentencia.

  • Sentencias de consumo (por deudas de consumo):

  • Si lo que usted gana es menos que cualquiera de las siguientes cantidades, todo su salario está exento

      • $479.15 semanal (35 veces el salario mínimo por hora del estado)

      • $958.30 cada 2 semanas

      • $1,030.18 dos veces al mes

      • $2,060.35 mensual

      • Incluso si usted gana más que estas cantidades, igual puede quedarse con la cantidad mayor entre 35 veces el salario mínimo por hora del Estado o el 80% de su salario neto.

*Su salario neto es con lo que usted se queda después de restar las deducciones obligatorias. Las deducciones obligatorias incluyen la Seguridad Social, Medicare, y los impuestos federales a la renta.

  • Sentencias judiciales por préstamos estudiantiles privados

  • Si usted gana menos que cualquiera de estas cantidades y su única sentencia es por un préstamo estudiantil privado, todo su salario está exento.

      • $877.00 semanal (50 veces el salario mínimo por hora más alto del estado)

      • $1,754.00 cada 2 semanas

      • $1,900.17 dos veces al mes

      • $3,800.33 mensual

      • Incluso si usted gana más que estas cantidades, igual puede quedarse con la cantidad mayor entre 50 veces el salario mínimo por hora más alto del Estado o el 85% de su salario neto

      • Otras sentencias (no sentencias por deudas de consumo o de préstamos privados)

  • Si lo que usted gana es menos que cualquiera de las siguientes cantidades, todo su salario está exento.

      • $253.75 semanal

      • $507.50 cada 2 semanas

      • $549.79 dos veces al mes

      • $1,099.58 mensual

      • Incluso si usted gana más que estas cantidades, igual puede quedarse con la cantidad mayor entre 35 veces el salario mínimo federal o el 75% de su salario neto.

  • Ropa y alhajas —un valor de hasta $3,500.

  • Libros y medios de comunicación digitales—un valor de hasta $3,500.

  • Todos los "medios auxiliares de salud recetados por un profesional" para usted y sus dependientes. Ejemplos: sillas de ruedas y scooters motorizados, si su médico escribió una nota o receta para ellos.

  • Artículos del hogar, electrodomésticos, muebles, alimentos/abarrotes (provisiones) y combustible, hasta $6,500 de valor para una persona, $13,000 para una pareja casada. (Ninguna cosa puede por sí sola valer más de $750).

  • El patrimonio en 1 vehículo usado para el transporte personal, con un valor máximo de $3,250 para una persona. Para los matrimonios, 2 vehículos de este tipo con un valor combinado de hasta $6,500.

  • Herramientas e instrumentos necesarios para ejercer su oficio o profesión hasta $10,000 de valor.

  • Dinero pagado o adeudado a usted por lesiones corporales (sin incluir por dolor y sufrimiento o dinero que perdió) de usted o sus dependientes, hasta $20,000.

  • Indemnización por la pérdida de futuros ingresos, en la medida en que sea razonablemente necesario para que usted y sus dependientes se mantengan.

 

Su valor es por lo que se vendería (su valor de mercado) en el momento en que usted lo reclama como exento.

Si un tercero, como un banco o un empleador, tiene su propiedad (incluido el dinero en una cuenta bancaria), el acreedor puede ir al juzgado y obtener una "orden de embargo" (orden formal de embargo por escrito) que se entrega al tercero. El acreedor tiene que enviarle por correo o darle notificación procesal de las siguientes dos cosas a usted:

  • Un Aviso de embargo y sus derechos.  Ver Ejemplo #1.
  • Un Formulario de solicitud de exención.  Ver Ejemplos #2 y #3.

Si recibe la orden dentro del plazo de 7 días de la fecha de su expedición, usted tiene que llenar el formulario #2 o #3 y entregar personalmente una (1) copia en la secretaría del juzgado y enviar por correo o entregar personalmente una (1) al acreedor o al abogado del acreedor (quien haya firmado la orden de embargo), dentro del plazo de 28 días de la fecha en la orden de embargo.

  • Use el Ejemplo #3 solo si la orden judicial se envió a su empleador para embargar su salario. De lo contrario, use el Ejemplo #2.

Si el acreedor hace entrega de la orden judicial más de 7 días después de la fecha en que se expidió la orden, usted tiene 21 días para llenar el formulario #2 o #3 y enviar por correo o entregar personalmente una (1) copia a la secretaría del juzgado y enviar por correo o entregar personalmente una (1) copia al acreedor o a su abogado. RCW 6.27.160 (1).

El acreedor tiene 7 días desde que recibe su formulario de solicitud de exención para oponerse a ella.

Si el acreedor no se opone, tiene que decirle al embargante que le devuelva (libere) la propiedad exenta a usted no más de 10 días después de que el acreedor reciba su formulario de solicitud de exención.

Si el acreedor se opone, tiene que presentar una declaración explicando el motivo y programar una audiencia en el juzgado dentro de los 14 días de recibir su formulario de solicitud de exención.

  • El embargante es la parte que tiene su propiedad, como el banco que retiene su dinero.

Si el juez en la audiencia ordena liberar su propiedad exenta, o el acreedor no se opuso, el acreedor tiene que entregar una orden liberando la propiedad exenta al embargante que tiene la propiedad suya. Si el acreedor no lo hace, vea a un abogado. Usted puede demandar al acreedor por los daños y perjuicios que sufra, más una sanción de $50, si no toma medidas para liberar su propiedad exenta de manera oportuna.

  • Si usted presenta una solicitud de exención que no es de buena fe, podría ordenársele que pague los honorarios del abogado.

Obtenga Ayuda Legal

Visite Northwest Justice Project (Proyecto de Justicia del Noroeste) para averiguar cómo obtener asistencia legal.

Última revisión y actualización: Mar 21, 2023
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