Vamos a ir añadiendo contenido y traducciones todos los días durante las próximas semanas.

Evite o ponga alto al embargo

Northwest Justice Project

English

Si tiene deudas, la persona o compañía a la que debe podría demandarle o intentar "embargarle" la cuenta bancaria o el sueldo. La ley podría proteger (eximir) parte de sus ingresos y propiedad (bienes) del embargo por parte de los acreedores, incluso cuando un acreedor tenga una orden judicial en contra de usted.

1. ¿Qué es el embargo?

Si un acreedor le demanda por una deuda, ¡no ignore los papeles judiciales! Trate de hablar con un abogado de inmediato. También debería responder por escrito a la demanda.   

Embargo es cuando alguien congela dinero en su cuenta bancaria o su cheque de paga para obtener dinero que un juzgado dice que usted les debe. Solo pueden hacer esto si un juez dicta una orden judicial en su contra que se llama sentencia. Si usted recibe notificación de una demanda de un cobrador de deudas y no responde, quizás puedan conseguir una sentencia en su contra.

Es posible que usted no reciba ningún aviso antes de que se lleve a cabo el embargo.

La mayoría de los embargos son sentencias por deudas de tarjetas de crédito, facturas de doctores y hospitales, facturas de servicios públicos y de teléfono, préstamos personales de un banco o cooperativa de crédito, deudas a un arrendador o alguna otra deuda para propósitos personales, familiares o del hogar. Estos tipos de deudas se llaman deudas del consumidor.

La ley protege (exime) algunos tipos y cantidades de ingresos y propiedad (bienes) del embargo por parte de la persona o compañía a la que usted debe, llamada acreedor. Un acreedor por lo general no puede quitarle fondos o propiedad exentos para pagarse de una deuda, incluso si el acreedor tiene una sentencia en su contra. 

Hay algunas excepciones a esto. Si usted debe manutención de niños, préstamos federales para estudiantes, o ciertas otras deudas al gobierno federal, el acreedor puede embargar cualquiera de sus ingresos o propiedad.

2. Exenciones