Guía sobre el divorcio
Una guía detallada, paso por paso, sobre el proceso de divorcio. Incluye dónde presentar la solicitud, órdenes provisionales, los asuntos que puede abarcar un divorcio, protecciones especiales para cónyuges de militares y dónde obtener ayuda.
Para obtener una breve descripción, lea Divorcio: Información básica.
Contents
1. El proceso
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Para divorciarse, debe obtener una orden judicial que ponga fin a su matrimonio. Washington es un estado de divorcio “sin asignación de culpa”. Esto significa que puede divorciarse si lo desea, sin tener que demostrar que su cónyuge ha hecho algo malo.
Su orden definitiva de divorcio cubrirá los siguientes asuntos:
- División de bienes y deudas
- Pensión alimenticia (manutención conyugal), si corresponde
- Cambio de nombre, si lo solicita
- Orden de restricción o de protección,si es necesaria por razones de seguridad
- Tutela y régimen de visitas (un plan de crianza) para hijos menores de 18 años
- Manutención de menores para hijos menores de 18 años
Si usted y su cónyuge están de acuerdo en todos estos asuntos, pueden finalizar el divorcio de mutuo acuerdo. De lo contrario, un juez decidirá estos asuntos en un juicio.
Le recomendamos encarecidamente que procure hablar con un abogado antes de solicitar el divorcio. Aunque no pueda pagar el costo de contratar uno para que se ocupe de su divorcio, un abogado puede asesorarle sobre importantes derechos legales que pueden ser afectados por su divorcio. Por ejemplo: Es posible que usted tenga derechos económicos, como recibir una parte de la pensión de su cónyuge u otros bienes, y los podría perder si no los protege en el divorcio. Si tienen hijos menores de edad, un abogado puede ayudarle con el plan de crianza y la manutención de los menores.
Paso por paso
Siga estos pasos para obtener el divorcio:
Llene los formularios jurídicos
Utilice Washington Forms Online para llenar los formularios para solicitar el divorcio. Es gratis y sencillo. Le hacemos preguntas y usamos sus respuestas para completar sus formularios.
Si no desea llenar los formularios en línea, puede responder a algunas preguntas en la sección Obtención de formularios de derecho de familiar para obtener los formularios correspondientes a su situación.
Haga dos copias de todos los formularios jurídicos completados: una para usted y otra para su cónyuge.
Presente los originales en la Secretaría del Tribunal Superior. Pida al secretario que selle sus copias con el número de caso y la fecha de presentación en la primera página de cada documento.
El secretario cobrará una tasa de presentación de entre $250 y $320. Si no puede pagar la tasa de presentación, puede solicitar una exención de tasas.
En algunos condados se pueden presentar los documentos electrónicamente (e-file). Comuníquese con la secretaría para obtener instrucciones.
Realice la notificación oficial a su cónyuge
Por lo general, debe pedirle a otra persona que le realice la notificación oficial a su cónyuge personalmente entregándole copias de todos los documentos de divorcio.
¡Excepción! No entregue una copia del formulario de información confidencial. Si usted también tiene un formulario de las fuerzas del orden, tampoco lo entregue.
No tiene que hacer la notificación oficial personalmente si una de las siguientes dos cosas es cierta:
- Su cónyuge firma el formulario de Notificación oficial aceptada indicando que ha recibido los papeles del divorcio que usted le ha enviado. Su cónyuge puede firmarlo, aunque no esté de acuerdo con todo lo que usted pide.
- Usted y su cónyuge están de acuerdo en todo y su cónyuge firma un acuerdo para unirse a la solicitud. Su cónyuge puede firmar el formulario de Acuerdo para unirse a una solicitud (acuerdo de aceptación o Joinder), o la sección de acuerdo al final de la solicitud de divorcio.
Su cónyuge puede responder
Por lo general, su cónyuge tiene 20 días para responder a los papeles de divorcio. Tendrá más tiempo si la notificación oficial se hizo fuera de Washington (60 días), o si se hizo por correo o publicación (edicto) (90 días).
Si su cónyuge firmó un acuerdo para unirse a la solicitud, no está obligado a responder.
Si su cónyuge no responde en el plazo establecido, usted le puede pedir al juez que lo declare en desacato. Si un juez firma una orden de desacato, su cónyuge no podrá seguir participando en el caso. El juez puede firmar órdenes definitivas y celebrar audiencias sin avisar a su cónyuge.
Obtenga órdenes provisionales, si es necesario
Cualquiera de los cónyuges puede solicitar al juez órdenes provisionales para abordar asuntos durante el proceso de divorcio. El juez puede emitir órdenes provisionales sobre los menores, la manutención económica, los bienes, las deudas y la seguridad.
Período de espera
En Washington existe un período de espera obligatorio de 90 días a partir de la fecha en que se presenta la solicitud y se realiza la notificación oficial antes de que pueda finalizar su divorcio. Esta es la cantidad mínima de tiempo necesaria para divorciarse, incluso si usted y su cónyuge están de acuerdo en todo. Los divorcios pueden tardar más de 90 días si los cónyuges no logran ponerse de acuerdo.
Recopile información, intente llegar a un acuerdo
Durante el período de espera, puede negociar con su cónyuge para ver si llegan a un acuerdo sobre algunos de los asuntos en disputa de su divorcio. Es posible que necesite más información antes de saber cuál sería un acuerdo justo. Puede utilizar herramientas legales para obtener la información que necesita. Esto se llama “revelación de pruebas”.
Puede optar por la mediación para intentar lograr un acuerdo con su cónyuge. Algunos tribunales también ofrecen o exigen una audiencia de resolución. Lo mejor es intentar llegar a un acuerdo si es posible. Los juicios pueden ser complicados.
- Finalice el divorcio
Si usted y su cónyuge están de acuerdo, ambos pueden firmar las órdenes definitivas y programar una audiencia para que el juez las firme.
Si no llegan a un acuerdo, su caso irá a juicio y un juez decidirá. Algunos condados tienen calendarios de casos que le dan una fecha para el juicio y otros plazos tan pronto como presente la solicitud de divorcio. En otros condados, usted debe pedir una fecha para el juicio después de que su cónyuge haya presentado una respuesta. Este suele ser un formulario local. Pregúntele al secretario.
Si su cónyuge nunca respondió y usted obtiene una orden que lo declara en desacato, puede pedirle al juez que firme órdenes definitivas sin juicio.
Es posible que tenga que llenar los formularios de las órdenes definitivas para que el juez los firme.
Responda a algunas preguntas en Obtención de formularios para asuntos familiares y de seguridad para obtener los formularios correspondientes a su situación.
Usted estará legalmente divorciado después de que el juez firme su Orden definitiva de divorcio y se presente ante la Secretaría del Tribunal. El secretario del tribunal enviará un Certificado de disolución al Registro Estatal de Demografía.