Pida al juzgado la exención del pago para iniciar un caso
Si está a punto de presentar un caso en un Tribunal Superior del estado de Washington, se le pedirá que pague una tarifa de presentación de casos que varía de $36 a $320 para iniciar su caso. Si no puede pagar la tarifa de presentación o pagarla le sería difícil, aprenda cómo puede presentar una petición para pedir al juez que le exima (perdone) de pagar esta tarifa conforme a la Regla General (GR) 34 de los Tribunales de Washington.
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1. Datos claves
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Estoy a punto de presentar un caso judicial. ¿Debería pedirle a un juez que me exima (perdone) de pagar la tarifa de presentación del caso?
Usted puede pedir una exención de la tarifa de presentación de casos en cualquier tipo de caso civil en cualquier tribunal de Washington. Es elegible para una exención de la tarifa si cualquiera de las siguientes situaciones corresponde a la suya:
- Recibe TANF (Asistencia Temporal para Familias Necesitadas), HEN (Vivienda y Necesidades Esenciales), SSI, beneficios federales para veteranos relacionados con la pobreza, o cupones de alimentos
o
- Sus ingresos son iguales o inferiores al 125 % de las pautas federales de pobreza, o sus grandes gastos de vida básicos regulares no le permiten pagar la tarifa de presentación y otros cargos requeridos. "Gastos de vida básicos" es la cantidad mensual promedio que gasta en costos de vida como vivienda, alimentos, servicios públicos, salud, transporte, ropa, pagos de préstamos, manutención de niños y obligaciones impuestas por tribunales.
Aunque ninguna de estas situaciones describa la suya, aun así puede pedir una exención de la tarifa si pagarla sería una dificultad económica o le impediría presentar su caso. Trate de hablar con un abogado.
¿Puedo conseguir la exención de otros cargos relacionados con un caso judicial también?
Si se determina que es elegible para una exención de la tarifa de presentación, el juez también tiene que eximirle del pago de todas las tarifas necesarias. La regla judicial GR 34 habla de tarifas y recargos que son “Una condición precedente para obtener acceso a recursos legales judiciales". Esto significa todas las tarifas y recargos necesarias. La Corte Suprema del Estado confirmó esto en Jafar vs. Webb. Los tribunales ni siquiera pueden cobrar una pequeña cuota para presentar una petición para la exención de tarifas judiciales.
Estos son algunos ejemplos de tarifas necesarias que el juez tiene que eximir si usted es elegible para una exención de la tarifa de presentación de casos. Esta no es una lista completa:
- Recargo por presentación del facilitador del Juzgado de la Familia
- Recargo por presentación de Cuenta Fideicomisaria Judicial
- Recargos por presentación de prevención de la violencia doméstica
- Cuota por clase de orientación obligatoria de la ley de la familia
- Tarifas por cualquier revisión obligatoria por un facilitador de la ley de la familia antes de presentar órdenes finales
- Cualquier tarifa por presentación ex parte
En un caso de cambio de nombre, el juez también tiene que ordenar al auditor del condado que exima todos los cargos relacionados con su cambio de nombre si usted califica para que se le exima la tarifa de presentación del caso en el juzgado.
Es probable que no se pueda conseguir una exención del costo de servicios opcionales. Estos incluyen, pero no se limitan a
- Tarifas por reuniones que usted decide tener con el Facilitador de la Ley de la Familia
- Tarifas por Declaraciones Juradas
- Costo de copias
- Costos de mediación
- Tarifas por un Tutor ad litem (GAL)
¿Cuándo no necesito una exención de la tarifa de presentación del caso?
No necesita pedir una exención de tarifas para la mayoría de las peticiones de órdenes de protección. Presentarlas es gratis, a excepción de las órdenes de protección contra el acoso en algunas situaciones.
Si está tratando de convertirse en tutor de un niño que es pariente suyo, el juez debería eximirle de la tarifa automáticamente. No debería tener que presentar esta petición. Puede marcar la casilla en la Petición de Tutela de un Menor para decir que usted es un pariente y que el juzgado no debería cobrarle una tarifa. "Parientes" incluye a las personas emparentadas por sangre, matrimonio o adopción.