Divorcio y bancarrota o quiebra
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Si se está divorciando y tiene muchas deudas, tal vez le convenga declararse en bancarrota. Puede hacerlo junto con su cónyuge o por separado. Lea esto para obtener más información.
Fast facts
Si se está divorciando, o está pensando en hacerlo, y usted y su cónyuge tienen tantas deudas juntos que no pueden pagarlas o están teniendo dificultades para hacerlo, deberían informarse sobre los aspectos básicos del procedimiento de bancarrota en general, si deben declararse en bancarrota juntos (de forma conjunta) con su cónyuge o por separado, y si su cónyuge puede acogerse a la bancarrota para evitar pagar lo que le debe.
También debería intentar hablar con un abogado. El divorcio y la bancarrota pueden ser complicados y tener graves consecuencias. Esto es solo una descripción general.
Si tienen muchas deudas en común, pueden declararse en bancarrota antes de solicitar el divorcio. La declaración de bancarrota puede liquidar algunas deudas y facilitarles la negociación para el reparto del resto de las deudas entre ustedes.
Sí. No es necesario que vivan juntos ni que tengan contacto real con su cónyuge para presentar una declaración conjunta. Puede ser más económico presentar una declaración conjunta en lugar de que cada uno lo haga por separado.
Pero incluso en el caso de una declaración conjunta, es posible que cada uno necesite su propio abogado. Lo que conviene a uno de los cónyuges puede no convenir al otro.
Quizás no. Cuando uno de los cónyuges o ambos se declaran en bancarrota, todos los bienes que poseen en común (denominados “bienes mancomunados”) quedan disponibles para pagar las deudas comunes.
Si su ex se declara en bancarrota después de su divorcio, usted seguirá siendo responsable de las deudas mancomunadas que su cónyuge no pueda pagar. Es posible que entonces tenga menos bienes mancomunados para pagarlas.
La redacción de su sentencia de divorcio y del acuerdo de divorcio podría ser importante en la declaratoria de bancarrota. Trate de obtener ayuda legal durante su divorcio para que le ayuden a planificar los efectos de la bancarrota en su acuerdo de divorcio.
Quizás. Su excónyuge no puede dejar de pagar las “obligaciones de manutención doméstica”, como la manutención de los hijos y la pensión alimenticia. Los gastos como los pagos de la hipoteca y el seguro médico también pueden ser obligaciones de manutención doméstica.
Si su excónyuge se declara en bancarrota y se atrasa en los pagos de manutención, usted debe presentar una prueba de reclamación (formulario B-410) ante el tribunal de bancarrotas para reclamar los pagos atrasados.
En cuanto a otros pagos, depende. El capítulo 7 no dispensa (exime) de las obligaciones de manutención derivadas de un divorcio o separación. El capítulo 13 exime de algunas deudas derivadas de acuerdos patrimoniales que no son eximibles en el capítulo 7.
Presente rápidamente cualquier objeción a la exención cuando reciba la notificación de bancarrota.
La solicitud de bancarrota debe incluirle como acreedor. El administrador de la bancarrota debe notificarte la reunión inicial de acreedores (denominada reunión 341) y la fecha límite para presentar una reclamación.
Incluso si no recibe la notificación, si sabe que su ex ha solicitado la bancarrota, debe presentar una reclamación para protegerse. Consulte con un abogado.
Es posible que tenga que pagar ciertas deudas y luego solicitar una indemnización a su cónyuge.
Ejemplo: Usted tiene una deuda de 1,000 dólares en una tarjeta de crédito en la que usted y su cónyuge son cotitulares. En la sentencia de divorcio, su cónyuge acordó pagar los 1,000 dólares de la deuda de la tarjeta de crédito. Usted acordó no ser responsable de la deuda (lo que se denomina exención de responsabilidad).
Si su cónyuge liquida la deuda mediante el procedimiento de bancarrota del Capítulo 7, la compañía de tarjetas de crédito no puede reclamarle a su cónyuge. Pero sí puede reclamarle a usted. Si lo hace, usted debe pagar la deuda. Y luego, en virtud de la cláusula de exención de responsabilidad de su sentencia de divorcio, puede demandar a su cónyuge para que le reembolse los $1,000 que pagó al acreedor.
Pero si su cónyuge liquida la deuda mediante el Capítulo 13 y la compañía de tarjetas de crédito posteriormente le reclama a usted, probablemente no podrá demandar a su cónyuge. Sin embargo, puede solicitar al tribunal de divorcio que aumente la cantidad de la pensión alimenticia que recibe, ya que sus circunstancias financieras han cambiado y ahora es responsable de una deuda mayor.