Mi centro de atención por un periodo prolongado quiere desalojarme
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Lea esto si vive en un hogar para adultos mayores, una instalación de vida asistida o una residencia familiar para adultos en el estado de Washington y le han dicho verbalmente o por escrito que tiene que mudarse. Usamos el término "centro de atención por un periodo prolongado" para todos lugares que proporcionan cuidados por periodos largos.
Fast facts
Depende. Solo pueden desalojarle por ciertas razones y tienen que darle notificación legal. Su notificación puede decir que está siendo "desalojado", "dado de alta" o "transferido". Su instalación también tiene otras responsabilidades antes de desalojarle que describimos a continuación.
En estos datos claves, decimos “desalojar” para cualquier situación en la que le estén diciendo que se vaya para siempre de su centro de atención por un periodo prolongado.
Estas son algunas de las razones por las que su centro solamente puede desalojarle. Esta no es una lista completa:
- Ya no pueden darle el tipo de atención que necesita.
- Su salud mejoró y ya no necesita sus servicios.
- Usted ha creado un peligro para la salud o la seguridad suya o la de otros residentes.
- Usted no ha pagado por su estancia.
- Están cerrando.
El centro debe respaldar con pruebas los motivos por los que le desalojan. Por ejemplo, si dicen que no ha pagado, tienen que mostrarle un estado de cuenta o un registro que muestre eso. Si dicen que su salud ha empeorado, tienen que mostrarle notas o evaluaciones de sus proveedores médicos que digan que necesita atención que su centro no puede proporcionarle.
Tienen que hacer estas cosas primero:
- Acomodación razonable: Tienen que tratar de evitar desalojarle tratando de acomodar sus necesidades para que pueda quedarse. Esto se llama "acomodación razonable". Solo están obligados a tomar pasos razonables para acomodarle. Deben anotar en su expediente las formas en que trataron de acomodarle.
- Planificación del alta: Tienen que asegurarse de que su salida del centro sea de forma segura y ordenada. Esto incluye encontrar un lugar donde usted pueda ir después de que le desalojen, asegurarse de que hay espacio para usted en el nuevo lugar y asegurarse de que el nuevo lugar puede proporcionarle la atención que necesita. Deben anotar su plan de alta en su expediente.
- Notificación: Tienen que entregarle a usted y a su familiar inmediato o representante legal una notificación de desalojo por escrito 30 días antes de que tengan intención de desalojarle, a menos que una emergencia requiera un plazo más breve. Tiene que estar en un idioma que usted y sus representantes puedan entender.
La notificación tiene que decir todo esto:
- Por qué le están desalojando. (Debería ser una o más de las razones de arriba).
- Cuando le desalojarán.
- Dónde irá a vivir después de que le desalojen, incluyendo la información de contacto de la nueva ubicación y una declaración de que el nuevo lugar está de acuerdo en aceptarle.
- Cómo puede apelar el desalojo con la Oficina de Audiencias Administrativas.
- Cómo contactar al Ombudsman (Defensor) de Atención Prolongada del Estado de Washington para obtener ayuda.
- Cómo comunicarse con las oficinas de Servicios para el Hogar y la Comunidad (HCS) si recibe Medicaid para ayudarle a pagar su atención.
- Cómo comunicarse con Disability Rights Washington si tiene un diagnóstico de enfermedad mental o discapacidad intelectual.
Si la notificación no dice todas estas cosas, no es una notificación de desalojo correcta.
Debería hacer 3 cosas:
- Pida una audiencia para apelar su desalojo con la Oficina de Audiencias Administrativas.
- Encuentre un Defensor: Comuníquese con el Programa del Ombudsman de Atención Prolongada. Llame al 1-800-562-6028. Ellos defienden los derechos de las personas que viven en centros de atención por un periodo prolongado.
- Presente una Denuncia: Los Servicios de Atención Residencial (RCS) se encargan de hacer cumplir los derechos de los residentes en los centros de atención por periodos prolongados. Usted puede presentar una denuncia con RCS por internet.
Su notificación de desalojo debe explicar cómo apelar pidiendo una audiencia. Si no lo dice, puede comunicarse con la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH) y decirles que desea apelar un desalojo de un centro de atención por un periodo prolongado:
- Por escrito: Puede escribir a la Oficina de Audiencias Administrativas a: Office of Administrative Hearings, P.O. Box 42488, Olympia, WA 98504
- Verbalmente: Puede llamar a la Oficina de Audiencias Administrativas al (360) 407-2700 o 1-800-583-8271
- Por internet: Pida una audiencia en el sitio web de la OAH
Hay un plazo para apelar su desalojo. Debe apelar en cualquier momento hasta 90 días de la fecha en que recibió la notificación de desalojo. Pero si quiere quedarse en su centro hasta que finalice su apelación, tiene que apelar antes de la fecha en que el centro dice en su notificación que tiene que irse.
Si apela antes de la fecha de desalojo que aparece en la notificación, puede quedarse hasta que finalice el proceso de apelación, a menos que quedarse ponga en peligro su salud o su seguridad, o la salud o la seguridad de otros residentes.
Dependerá de por qué el centro de atención por un periodo prolongado dice que tienen que desalojarle. A continuación hay algunos ejemplos de razones que usted podría apelar:
- La notificación de desalojo no tiene toda la información requerida que dice la sección de arriba “¿Qué debe decir la notificación de desalojo?”
- Su centro de atención por un periodo prolongado no siguió todos los procedimientos requeridos.
- Dicen que no pueden satisfacer sus necesidades, pero sus condiciones no han cambiado desde que se mudó a vivir ahí.
- Dicen que no pueden satisfacer sus necesidades, pero no trataron de acomodar razonablemente o atender sus necesidades antes de darle una notificación de desalojo.
- La nueva ubicación que figura en su notificación de desalojo:
- no fue notificada del plan para mudarle allí; o
- no está de acuerdo con que usted puede mudarse allí; o
- no tiene espacio para usted; o
- no puede darle el tipo de atención que usted necesita; o
- no puede dar un mayor nivel de atención que su centro actual.
Por lo general sí, pero puede ser difícil. Si usted salió de su centro o fue removido de su centro, usted tiene derecho a regresar, pero puede ser difícil volver a entrar. Su centro podría negarse a dejarle volver o puede que ya hayan ocupado su espacio.
Sí. El centro no puede darle de alta hasta que cumplan con las reglas. Darle de alta sin notificación por escrito es contra las reglas.
Suele hacerse por teléfono. Usted puede pedir tenerla en persona en su centro de atención por un periodo prolongado. Un Juez de Leyes Administrativas (ALJ) conduce la audiencia.
En la audiencia, el ALJ le pedirá a su centro de atención por un periodo prolongado que dé su versión de la historia y permitirá que testigos declaren. Si el centro tiene testigos, usted puede hacerles preguntas. A continuación, el ALJ le pedirá a usted su versión de la historia. Usted puede testificar, hacer que testigos testifiquen a su favor y ofrecer documentos y otras pruebas para probar su caso.
Lea más sobre cómo representarse por su cuenta en una Audiencia Administrativa.
Por lo general, el ALJ no decidirá su caso en la audiencia. Decidirán después y enviarán una Orden por escrito a usted, a su familia o representante y al centro de atención por un periodo prolongado.
Si usted no está de acuerdo con la orden del ALJ, puede apelarla. La Orden incluirá instrucciones sobre cómo hacerlo.
Si usted pierde su apelación: Su centro puede seguir adelante con su desalojo 30 días después de dictarse la orden final.
Si usted gana:
- Si todavía sigue viviendo en su centro de atención por un periodo prolongado, puede quedarse.
- Si ya no vive allí, tiene derecho a regresar inmediatamente o tan pronto como una cama en un cuarto semiprivado esté disponible.
Solo pueden negarse a dejarle regresar si siguen las reglas mencionadas arriba. Usted puede apelar la decisión del centro contactando a la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH).