Procedimientos suplementarios
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Si una persona o compañía a la que usted debe dinero (llamado acreedor) tiene una sentencia de un juzgado y quiere cobrarle el dinero, usted podría recibir una orden para asistir a una audiencia judicial de Procedimientos Suplementarios.
Fast facts
Los papeles judiciales llamarán a su acreedor el acreedor de la sentencia. Usted es el deudor de la sentencia. Aquí, usamos los términos de acreedor y deudor para abreviar.
Si una persona o negocio a la que usted debe dinero (un acreedor) obtuvo una sentencia judicial en contra de usted, ese acreedor podría querer saber si usted tiene bienes o dinero que pueden tomar para cobrarse de lo que usted les debe. Para averiguar si pueden cobrarle y cómo, el abogado del acreedor puede citarle a usted al juzgado para una reunión a la que usted tiene que ir llamada procedimiento suplementario con el fin de preguntar sobre su situación económica y si puede pagar la sentencia, incluyendo cosas como:
- ¿Usted trabaja? ¿Quién es su empleador? ¿Cuánto gana?
- ¿Tiene alguna cuenta de banco?
- ¿Es propietario de una vivienda? ¿Un vehículo?
- ¿Cuánto vale la propiedad (bienes) que tiene?
Al hacer esto, el acreedor está tratando de averiguar:
- ¿Es usted alguien “a prueba de cobranza”?
- Si usted no es a prueba de cobranza, ¿puede el acreedor tomar (embargar) su salario (pago de su trabajo), cuenta bancaria u otra propiedad antes de que usted lo reciba?
- ¿Se puede vender su propiedad?
- ¿Puede usted acordar con el acreedor otra manera de pagar?
Antes de ir al procedimiento suplementario, trate de hablar con un abogado.
Depende del condado en el que se encuentre el caso. Podría recibir un aviso por escrito o bien una orden judicial. En la esquina superior derecha de la primera página, el aviso u orden probablemente se llamará:
- Orden para Examinar al Deudor de la Sentencia o bien
- Orden para Mostrar Causa referente a: Procedimientos Suplementarios o
- Aviso de Procedimiento Suplementario.
El texto del aviso u orden dirá que usted está obligado a ir al juzgado para responder a las preguntas del acreedor sobre su dinero y las cosas que posee.
Si se entera del procedimiento suplementario por una orden firmada por un juez de comparecer en el juzgado, tiene que ir. Si no lo hace, el juez puede decidir que usted violó la orden judicial de comparecer (diría que está en desacato de la orden judicial). Y el juez puede expedir una orden para su arresto.
No pueden meterlo en la cárcel porque no puede pagar sus deudas. Pero sí puede ser arrestado si no se presenta al juzgado después de recibir una orden judicial de comparecer.
Hay una excepción a esto. Si la sentencia es por deuda médica, el juez no puede expedir una orden de arresto si usted no se presenta al procedimiento.
En algunas situaciones, el abogado del acreedor podría enviarle las preguntas que planean hacerle en el procedimiento suplementario por escrito por adelantado. Pero igual tendrá que ir a la audiencia.
Antes de ir al juzgado, averigüe si tiene salario o propiedad (bienes) exentos. Tendrá que informar al abogado del acreedor qué propiedad (bienes) exenta tiene. No pueden tomar salarios o propiedad exentos para cobrarse de la sentencia.
No es necesario que tenga un abogado, pero puede llevar uno si quiere y si puede conseguir uno.
Lleve todos los documentos e información que diga la orden o el aviso.
Si tiene niños, trate de encontrar a alguien que los cuide mientras asiste al procedimiento suplementario. El juez probablemente no los dejará sentarse en la sala del juzgado.
No lleve un arma, o algo que pueda confundirse con un arma (como una navaja), al juzgado.
Trate de llegar a la sala del juzgado al menos 15 minutos antes de la hora a la que le citaron. Dese tiempo para encontrar estacionamiento, o la parada correcta del transporte público, o para esperar en fila para entrar al juzgado.
Cuando usted comparezca en el juzgado, escuche con atención a que el juez diga el nombre de su caso en voz alta. Cuando escuche el nombre de su caso, póngase de pie, diga al juez que está presente y pase al frente de la sala del juzgado. El juez le pondrá bajo juramento.
Por lo general, el juez luego hará que salga de la sala con el abogado del acreedor. A veces, estas reuniones se hacen en áreas públicas del juzgado, como en el pasillo. Asegúrese de que otras personas no puedan escuchar su información privada, como los números de cuentas bancarias. Puede pedirle al abogado que se cambien de lugar si no hay suficiente privacidad.
El abogado le hará preguntas sobre su propiedad (bienes) y su empleo. El juez no estará con ustedes.
Significa que todos sus ingresos y propiedad están exentos de cobranza, así que un acreedor no puede tomar nada de ellos. Por ejemplo, si su único ingreso son beneficios de SSI o VA, entonces usted es a prueba de cobranza, porque ambos de estos beneficios están exentos por ley. Uno también puede ser a prueba de cobranza si los ingresos del salario son muy pocos.
Pero ser a prueba de cobranza no significa que pueda saltarse el procedimiento suplementario. Todavía tiene que ir, para responder preguntas y decirle al abogado del acreedor sobre sus exenciones. También debería decirle al abogado si cree que su situación económica no mejorará en mucho tiempo.
Puede ser que no sea a prueba de cobranza para siempre. Podría heredar dinero, regresar a trabajar luego de una discapacidad, o conseguir un trabajo que pague más. Un acreedor puede tratar de cobrar una sentencia por hasta 20 años y podría tratar de cobrarle en el futuro. Y la cantidad de la sentencia en su contra podría ser mucho más con el paso del tiempo debido a intereses y recargos adicionales.
Si sus circunstancias cambian (por ejemplo, obtiene un trabajo o el patrimonio en su casa aumenta), consiga ayuda legal. Puede ser que tenga otras opciones, como declararse en bancarrota.
No lleve dinero con usted al procedimiento suplementario. Vacíe su cartera (billetera) antes de ir. La ley estatal permite que el juez le ordene entregar dinero que tenga al sheriff y el sheriff lo aplicará a la deuda. En algunos juzgados estatales de Washington, los jueces han requerido que la gente abra sus carteras (billeteras) y dé dinero.
No acepte ninguna deducción de su cuenta. No dé al abogado del acreedor acceso directo a ninguna cuenta bancaria. Si tiene 2 o más acreedores, y le da a uno de ellos autoridad para una deducción automática de la cuenta, corre el riesgo de que le embarguen su salario y le saquen el dinero que voluntariamente aceptó pagar de su cuenta bancaria al mismo tiempo.