Responda a una Orden de Protección
Si le notifican de una Orden de Protección, tiene que obedecerla o podrían arrestarle. Lea detenidamente la Orden de Protección para entender lo que puede y no puede hacer. Lea también la Petición para entender lo que la otra persona está pidiendo y por qué.
Si no está de acuerdo con la Orden de Protección, tiene que responder por escrito y asistir a cualquier audiencia que se programe. Si no responde a tiempo, es probable que una Orden de Protección Temporal se convierta en permanente por un año o más.
1. Datos claves
¿Por qué recibí la notificación de papeles de una orden de protección?
Si recibe una Petición de Orden de Protección, es porque la persona que la pidió (la Persona Protegida) alega que ha sufrido violencia doméstica, acoso, agresión sexual o acecho de su parte contra ella.
Si también recibió una Orden de Protección Temporal, es porque la Petición tenía suficientes pruebas para que el juez tomara medidas inmediatas antes de la audiencia. Léala detenidamente para entender sus restricciones. Si no la obedece, ya sea a propósito o accidentalmente, podría enfrentarse a consecuencias que incluyen desacato al tribunal y cargos penales.
¡Cuidado! Puede ser arrestado y acusado de un delito incluso si la Persona Protegida le invita o le permite violar la orden.
¿Tengo obligación de responder a una petición de orden de protección?
El juez quiere que las personas siempre respondan por escrito, especialmente si uno está peleando (disputando) la Orden de Protección. Si usted no responde a tiempo, la otra persona probablemente obtendrá lo que está pidiendo.
si está enfrentando cargos penales que están directamente relacionados con lo que se alega en la Petición, no necesita responder, debido a su derecho constitucional a no autoincriminarse.
¿Y si soy yo a quien la orden debe proteger?
Puede decir esto y explicar por qué en su respuesta por escrito. Además, presente su propia Petición de Orden de Protección.
Si no tiene tiempo de hacer esto antes de la audiencia sobre la orden de protección en su contra, puede pedirle al juez una Orden de Protección Temporal que le proteja a usted en esa audiencia. Esto se llama "realinear a las partes", es decir, cambiar de lugar para que la persona que inicialmente estaba protegida ahora esté restringida. Usted todavía tendrá que presentar su propia Petición para obtener una orden permanente.
¡Las organizaciones comunitarias pueden ayudar! Si usted ha experimentado violencia doméstica, acoso, acecho o agresión sexual, o la amenaza de cualquiera de ellos, pida ayuda al refugio para sobrevivientes de la violencia doméstica o al centro para víctimas de agresión sexual de su localidad. Los refugios ofrecen planes de seguridad, alojamiento temporal, defensa legal, asesoramiento y otros servicios
Visite el sitio web de Información y Remisiones sobre la Violencia Doméstica del Estado de Washington para buscar programas locales por condado, o programas específicos de cada cultura o comunidad o programas tribales.
Puede llamar, enviar mensajes de texto o chatear en línea con intercesores 24 horas al día, 7 días a la semana, en cualquiera de estos lugares:
- National Domestic Violence Hotline, (Línea Directa Nacional contra la Violencia Doméstica)1-800-799-7233
- National Sexual Assault Hotline, (Línea Directa Nacional contra la Agresión Sexual) 1-800-656-4673
- StrongHearts Native Helpline (Línea de Ayuda Indígena Stronghearts) (servicio de apoyo de pares de la Línea Directa Nacional contra la Violencia Doméstica), 1-844-762-8483